Nueva modalidad para estafar a los conductores con multas de tránsito

Según estadísticas del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), circulan más de 18.082.451 vehículos en Colombia. De estos, la mayoría son motocicletas, representando el 60% del total, con 10.937.652 unidades. Los automóviles, camionetas, camiones, buses, busetas y volquetas, con 6.948.593 unidades, equivalentes al 39%. Finalmente, el 1% restante, es decir, 196.206 vehículos, corresponden a maquinaria, remolques y semirremolques.

En lo que va de 2024, 76.271 vehículos nuevos han ingresado al parque automotor en Colombia, según datos del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) del 19 de junio de 2024. La cifra representa una disminución del 24.1% respecto al mismo período del año 2023.

En Bogotá, se imponen un promedio de 1.300 comparendos de tránsito al día, según datos de la Secretaría Distrital de Movilidad. 

La cantidad total de comparendos diarios a nivel nacional, tomando como referencia las cifras de Bogotá y otras ciudades, se estipula que podría rondar entre 5.000 y 10.000 comparendos.

Bajo a estas multas se puede obtener hasta el 50% de descuento realizando el curso pedagógico en un Centro Integral de Atención al Infractor de Tránsito autorizado, como lo estipula la Ley 1383 de 2010 en el artículo 24 en los plazos establecidos por esta misma.

Sin embargo, existen lugares fraudulentos para realizar el curso pedagógico y las consecuencias de realizarlo en dichos lugares pueden ser graves, tanto legales como personales. 

Acá se debe explicar cuáles son las consecuencias para las personas que acudan a estas instituciones fraudulentas:

Si se demuestra que el curso era parte de una estafa para obtener dinero o beneficios de forma fraudulenta, las personas involucradas en su organización y promoción podrían ser condenadas por el delito de estafa, lo que implica sanciones como multas, prisión o ambas.

Si se falsificaron documentos, como certificados o diplomas, para avalar la realización del curso, esto podría constituir el delito de falsedad en documento público, con penas que van desde multa e inhabilitación para ejercer funciones públicas hasta prisión.

En Ciatran cumplimos con todos los requisitos de habilitación y funcionamiento estipulados en la Resolución 20203040011355 del 21 de agosto de 2020, expedida por el Ministerio de Transporte.

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